RD 1215/97
Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Este Real Decreto contiene indicaciones para que los utensilios que precise el trabajador al desempeñar su labor no impliquen un riesgo para su seguridad o su salud.
En el ámbito de la Unión Europea se han fijado, mediante las correspondientes Directivas, criterios de carácter general sobre las acciones en materia de seguridad y salud en los centros de trabajo, así como criterios específicos referidos a medidas de protección contra accidentes y situaciones de riesgo, concretamente, la Directiva 89/655/CEE, de 30 de noviembre de 1989, modificada por la Directiva 95/63/CE, de 5 de diciembre de 1995, establece las disposiciones mínimas de seguridad y de salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de los equipos de trabajo. Mediante el presente Real Decreto se procede a la transposición al Derecho español de las Directivas antes mencionadas.
Este Real Decreto es modificado por el Real Decreto
2177/2004, de 12 de noviembre, que en su artículo único se presentan las modificaciones que se introducen en el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio.
Real Decreto 1215/97 (revisión vigente desde 14 de Noviembre de 2004)
Real Decreto 2177/2004 (vigente desde 14 de Noviembre de 2004)